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Certificado de residencia

Los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina y los argentinos que retornan al país luego de haber residido en el exterior, gozan de determinados beneficios para importar bienes concedidos por la Administración General de Aduanas.

A los efectos de acogerse a dichos beneficios, deberán cumplir una serie de requisitos y tramitar el Certificado de Residencia Consular para  ser presentado ante la Dirección General de Aduanas.

La solicitud del certificado deberá ser realizada con una antelación no mayor a 30 días de la fecha de su regreso definitivo a la República Argentina.
La solicitud podrá efectuarse:
1º Personalmente; presentándose en esta Sede Consular
2º Por correo; a cuyo efecto deberá enviar la documentación que se detalla a la Sección Consular 

REQUISITOS
1º El formulario de Solicitud de Trámite que podrá descargar haciendo click aquí, completo y con su firma.
2º Una fotocopia de su pasaporte argentino vigente.
3º Copia de comprobantes de domicilio  para justificar el período de residencia declarado en el formulario. Deberá presentar:
-  un (1) justificativo con fecha del primer mes que declara que reside en Argelia;
-  un (1)  justificativo por cada año de residencia declarado; y
-  un (1) justificativo expedido dentro de los tres meses anteriores a la fecha de solicitud.

Serán aceptados como justificativos válidos:

I) En Todos los casos; recibos de sueldo, RIB, Atestación de estudiante, Facturas de servicios (gas, agua, electricidad, telefonía, Internet, etc.), Carte de séjour, Certificado de Domicilio expedido por la Mairie, correspondencia remitida a su nombre y domicilio por l’AssuranceMaladie, CAF u otros organismos oficiales.

II) En caso de ser propietario: título de propiedad, prueba el pago de impuestos.

III) En caso de ser inquilino: contrato de alquiler y recibos de pago de alquiler.

IV) En caso de ser alojado por un particular, el hospedador deberá aportar:
a) Una atestación de alojamiento escrita sobre papel libre con su firma legalizada por la Mairie;
b) Fotocopia de un documento de identidad vigente;
c) Justificativos de domicilio conforme a lo detallado en los puntos I) a III).
Asimismo el solicitante deberá necesariamente adicionar justificativos a su nombre conforme a lo indicado en el punto I).

V) En caso de vivir en una Residencia (universitaria u otra): atestación expedida por la Residencia. En dicho caso el solicitante deberá necesariamente adicionar justificativos a su nombre conforme a lo indicado en el punto I).

4º Abonar el Arancel Consular.

 

 

Fecha de actualización: 20/06/2016